Puede pasar desapercibida. Las mujeres la normalizamos, pensamos que así son las cosas. No deja marcas, moretones o huesos rotos. “Así se tratan las parejas”, pero no es silenciosa, porque implica palabras abusivas, con frecuencia hirientes, que pueden producir desasosiego o malestar aunque creamos que es normal o las pasemos por alto. Una se acostumbra a ser tratada mal y decir “nunca me ha pegado”. A veces va acompañada de conducta despectiva o burlona, es decir burla, sarcasmo, desprecio o indiferencia. “Es que así es su carácter, pero me quiere”, pensamos. Tiene períodos de tiempo en que se comporta cariñoso (o sea que sí puede hablar con palabras amables). A pesar de que este tipo de maltrato parece frecuente y no letal, es muy dañino. “ No te vistas así, que pareces loca”, “Deberías ir al gimnasio porque estas muy gorda”, “fea, loca, inútil”. Es la violencia psicológica o emocional.
En general, la violencia ha sido reconocida como una violación a los derechos humanos básicos. La violencia tiene consecuencia para la mujer, para los hijos y para la sociedad en su conjunto. Repercute en la saludo física, emocional, sexual, laboral espiritual de la mujer y constituye una amenazada directa para el bienestar de los hijos. Y esta violencia sutil, la emocional:
La violencia psicológica o emocional constituye una de las modalidades más constantes, efectivas y generalizadas del ejercer el poder. Son actos que conllevan a la desvalorización y buscan disminuir o eliminar los recursos internos que la persona posee para hacer frente a las diferentes situaciones de su vida cotidiana.
La ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra la mujer la define de la siguiente forma:
“Toda acción u omisión basada en la pertenencia al sexo femenino que tenga como resultado el daño inmediato o ulterior, sufrimiento físico, sexual, económico o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se produce en el ámbito público como en el ámbito privado”
Fuente: Ministerio Público de la Republica de Guatemala, “ Ley contra el Femicidio y otras formas de violencia contra la mujer, Guatemala 2016.
PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, México.